Economía

Luz verde a las ayudas de fomento y consolidación del empleo autónomo en Extremadura

Buscan fomentar la creación y estabilidad en el empleo mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas con dificultades de inserción.

El Consejo de Gobierno ha autorizado este martes la convocatoria de subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025/2026, por importe de 47.485.000 euros, de la que se beneficiarán unos 14.000 trabajadores.

En concreto, se trata de ayudas destinadas a fomentar la creación y estabilidad en el empleo mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas con dificultades de inserción y personas ocupadas que inicien una nueva actividad por cuenta propia, así como el mantenimiento y la modernización de las actividades de trabajadores autónomos.

La convocatoria contempla ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas (programa I); ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador (programa II); así como ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas para sufragar el coste de la cuota de la Seguridad Social o mutualidad alternativa, la denominada "Tarifa Cero para nuevos autónomos" (programa III).

También incluye las ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (programa IV).

Finalmente, se contemplan las ayudas a las personas trabajadoras autónomas -que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I- para el mantenimiento del alta en RETA o mutualidad alternativa durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses (programa V), según informa la Junta.