Economía
La Junta lanza ayudas para fomentar empleo de personas en situación de exclusión social
En total, la Junta, a través del SEXPE de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital destina un presupuesto de 500.000€.
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes una resolución por la cual se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social, a través de empresas de inserción en la región.
En concreto, se trata de unas ayudas que están destinadas a fomentar la creación y estabilidad en el empleo, mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción, según precisa la Junta en una nota de prensa.
Divididas en cuatro programas, el primero está dirigido a personas que comiencen a trabajar en empresas de inserción, y está destinado a la creación y mantenimiento durante doce meses de nuevos puestos de trabajo; mientras que el segundo pone el foco en las personas que continúen trabajando en dicho puesto a partir del segundo año de la creación.
El tercero está orientado a la creación y mantenimiento de puestos de trabajo de personal experto que acompañen y orienten a las personas en situación o riesgo de exclusión social en los itinerarios de inserción sociolaboral que faciliten su colocación en empresas ordinarias o en proyectos de autoempleo.
Para las que sean contratadas en empresas ordinarias existe un cuarto programa destinado a ofrecer ayudas para que estas empresas contraten a las personas que hayan sido objeto de subvención en los programas I y/o II, así como ayudas a las personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción, que igualmente hayan sido objeto de subvención en los programas I y/o II, y que inicien un proyecto de autoempleo.
CUANTÍAS Y BENEFICIARIOS
De las ayudas relativas a los programas I, II y III pueden ser beneficiarias las sociedades mercantiles o sociedades cooperativas legalmente constituidas que hayan obtenido su calificación provisional o definitiva e inscripción como empresas de inserción en el Registro de Empresas de Inserción de la región o en cualquier otro de carácter similar de otras comunidades autónomas y que no se encuentren incursas en alguna causa de descalificación.
Para las subvenciones del programa IV podrán ser beneficiarias las empresas, personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen contrataciones de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción, que hayan sido objeto de subvención en los Programas I y/o II.
También podrán hacerlo las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de los mismos trabajadores.
En cuanto a las cuantías, para el primer programa la ayuda por puesto de trabajo creado a jornada completa será equivalente al 100 por cien del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad, durante los primeros 12 meses de la contratación.
Para el programa II, la ayuda por puesto de trabajo mantenido a jornada completa será equivalente al 60 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad.
El importe de la subvención del tercer programa, tanto para el personal técnico experto en orientación y acompañamiento a la inserción, como para el personal técnico de producción será proporcional al número de personas en riesgo de exclusión social contratadas y atendidas con cargo a los Programas I y/o II de la presente convocatoria.
Se concederán 150 euros brutos mensuales por cada una de las plazas de inserción a jornada completa con las que cuente la empresa, hasta un máximo de 1.500 euros brutos mensuales por cada técnico contratado.
Y para el programa IV, 6.000 euros por contratación realizada y 10.000 euros por puesto de trabajo autónomo como fórmula de creación de empleo.
En total, la Junta de Extremadura, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital destina un presupuesto de 500.000 euros.
Estas subvenciones seguirán el procedimiento de concesión directa mediante convocatoria abierta, siendo el plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes, de un año a partir del 27 de diciembre de 2025.
En concreto, para los programas I, II, y III, de forma mensual durante el periodo de vigencia de la convocatoria. El plazo de solicitud será de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes por el que solicita la subvención.
Y para el programa IV, el plazo de solicitud será de dos meses desde la realización de la contratación o desde la fecha de alta como autónomo, durante el periodo de vigencia de la convocatoria.