Economía
Convocatoria de ayudas para la intervención sectorial apícola en Extremadura por 4,2M€
También se ha aprobado un decreto por el que se regula el procedimiento único de autorización para la celebración de certámenes ganaderos.
El Consejo de Gobierno en funciones ha autorizado este martes la convocatoria anual de las ayudas para la intervención sectorial apícola en Extremadura, enmarcada en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, por una cuantía de 4.234.958 euros.
En concreto, estas subvenciones están financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y a la Comunidad Autónoma de Extremadura. El objetivo de la intervención sectorial apícola es paliar las debilidades detectadas en el sector de la apicultura y aumentar su competitividad.
Asimismo, podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, incluidas las de titularidad compartida, las cooperativas de primer y segundo grado, las organizaciones o asociaciones de apicultores y con personalidad jurídica propia y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS).
La campaña apícola objeto de ayuda será la comprendida entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026, y entre las actividades subvencionables se contemplan los servicios de asesoramiento, la asistencia técnica, la formación, la información y el intercambio de mejores prácticas.
De igual modo, inversiones en activos materiales e inmateriales para la lucha contra los invasores y las enfermedades de las colmenas, en particular la varroosis, para incrementar la vitalidad de las colmenas, la renovación y acondicionamiento de la cera, prevenir los daños ocasionados por fenómenos climáticos adversos, repoblar las colmenas mediante la cría de reinas y la racionalización de la trashumancia.
También se incluyen inversiones en activos tangibles e intangibles, como la cuota del seguro de responsabilidad civil de las colmenas, sistemas de protección, vigilancia antirrobo o geolocalización de estas, así como medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de productos apícolas y ante la pérdida de abejas o las caídas en la productividad.
Asimismo, se subvencionan acciones de promoción, comunicación y comercialización para sensibilizar a los consumidores sobre la calidad de estos productos, que incluyen estudios de viabilidad económica, la elaboración de proyectos piloto sobre nuevos productos apícolas y/o nuevas formas de presentación de estos, y el seguimiento de la cadena de calidad de mieles en el mercado, según ha informado la Junta tras la celebración del Consejo de Gobierno.
DECRETO SOBRE CERTÁMENES GANADEROS
Por otro lado, el Consejo de Gobierno en funciones ha aprobado un decreto por el que se regula el procedimiento único de autorización para la celebración de certámenes ganaderos, además de los requisitos complementarios a los vigentes en materia de sanidad animal y razas ganaderas.
En este decreto se entiende por certamen ganadero lo que en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, se define como una actividad autorizada que reúne el ganado en instalaciones adecuadas, con destino a transacción comercial, exhibición o valoración y en la que pueden participar los ganaderos o personas interesadas que reúnan los requisitos exigibles.
Además, el decreto también contempla los certámenes locales o autonómicos de ganado selecto, en términos análogos a los que se celebran con carácter estatal. Estas concentraciones de animales suponen un riesgo muy elevado de transmisión de zoonosis, por lo que requieren autorización para garantizar la sanidad animal y la salud pública.
La norma aprobada recoge como condiciones sanitarias para la celebración de estos certámenes la disponibilidad de un profesional veterinario colegiado en ejercicio, así como la contratación de servicios profesionales de desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones con anterioridad a la entrada de los animales a las instalaciones y también posterior si se trata de instalaciones de usos múltiples.
Junto a estas medidas, cuando se trate de razas ganaderas en certámenes de ganado selecto, se ha de disponer de instalaciones y medios adecuados para su función, y admitir únicamente a animales inscritos en libros genealógicos que cumplan la normativa en materia de zootecnia, sanidad y bienestar animal.
De igual modo, deberán identificar a una persona con los conocimientos técnicos adecuados que actúe como responsable de garantizar el cumplimiento de las normas, si bien podrán coincidir en la misma persona el profesional veterinario y el responsable técnico.
En cuanto a la autorización de los certámenes ganaderos, al objeto de simplificación administrativa, se regula una sola autorización para el control previo del cumplimiento de las normas sobre sanidad y bienestar animal, por una parte, y de razas ganaderas establecidas para la celebración de los certámenes ganaderos por otra, permitiendo con ello la derogación expresa de la normativa autonómica referida a éstas últimas.