Extremadura
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17 junio 2025
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este martes, día 17, la resolución por la que se convocan las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para 2025. Para ello, destinará 320.000 euros con cargo a los ejercicios contables de 2025 y de 2026.
En concreto, el objetivo de estas ayudas es el de impulsar el desarrollo del sector de las artes escénicas mediante la financiación de gastos que se generen para la programación, gestión y actividades adicionales de las salas de gestión privada, así como facilitar y potenciar la movilidad de obras, artistas y profesionales de la cultura, contribuyendo de esta manera a la promoción de la diversidad cultural y el diálogo intercultural.
Así pues, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y, según recoge la resolución, podrán optar a estas ayudas las personas físicas y jurídicas que tengan la naturaleza de empresas privadas del sector de las artes escénicas o de la música y que dispongan de un espacio escénico, así como de un plan detallado de programación estable del espacio escénico para el que se formula la solicitud de ayuda.
Los proyectos que sean objeto de estas ayudas deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2025 y terminar antes del 1 de noviembre de 2026.
Por otro lado, la resolución, en su texto, también señala que la cuantía máxima de la ayuda a percibir no superará los 100.000 euros ni el 60 por ciento del importe del presupuesto de programación y gestión de actividades adicionales aprobadas, si bien estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados.
Entre los criterios de concesión de estas ayudas, se encuentran la capacidad o aforo de la sala; su equipamiento, tanto audiovisual como de accesibilidad, el número de funciones programadas por temporada o el impacto sociocultural del proyecto.
Además, establece como gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios, como el gasto del personal de sala, los gastos de exhibición o el caché o el alojamiento de las empresas contratadas, los gastos técnicos y generales o la publicidad de las obras.
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