Extremadura
IDAE asigna 2,4 millones para modernizar el alumbrado público...
Se va a destinar 142 millones de euros del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE)...
19 agosto 2025 | Publicado : 22:46 (19/08/2025) | Actualizado: 22:51 (19/08/2025)
La Unión de Consumidores de Extremadura recomienda a los afectados por los incendios revisar las coberturas de sus seguros para comprobar qué bienes pueden estar cubiertos para reclamar los daños sufridos en viviendas, vehículos o tierras.
La normativa establece un plazo general de siete días para comunicar el siniestro, salvo que la póliza indique un periodo distinto.
También se recomienda intentar minimizar los efectos del incendio, conservar los restos que puedan ser evaluados por el perito, y documentar con fotografías los daños cuando sea posible.
En caso de que el incendio tenga un origen natural, como es el caso de un rayo, y no exista un responsable identificable, la compensación dependerá exclusivamente del seguro contratado o, en su defecto, de eventuales ayudas públicas aprobadas por el Gobierno, como la declaración de 'zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil'.
Si el afectado no cuenta con una póliza con cobertura por incendio, y el origen del fuego es fortuito, no podrá reclamar indemnización alguna.
En cambio, si el incendio fue intencionado o consecuencia de una conducta negligente y se identifica al autor, este deberá indemnizar al perjudicado, siempre que tenga solvencia.
Además, en caso de contar con un seguro de responsabilidad civil, se podrá ejercitar la acción directa contra su aseguradora. No obstante, si el responsable es insolvente o su seguro no cubre el total de los daños, el perjudicado solo podrá aspirar a compensaciones si se aprueban ayudas gubernamentales por vía de Real Decreto.
La asociación recuerda también que, cuando el bien afectado está hipotecado, la Ley Hipotecaria obliga a contratar al menos un seguro contra incendios para cubrir el continente. En caso de destrucción del inmueble, la deuda hipotecaria subsiste, y la aseguradora deberá indemnizar conforme a lo establecido en la escritura del préstamo.
Si el banco y el asegurado discrepan sobre el destino de la indemnización, la compañía de seguros podrá consignar la cantidad en sede judicial.
Cabe destacar que, a diferencia de otros 'riesgos extraordinarios', como inundaciones, temporales o terremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos, el Consorcio de Compensación de Seguros no cubre los daños materiales de los incendios.
Por 'fuego', este fondo solo considera asegurados los heridos o fallecidos durante las labores de extinción. En la tramitación de los siniestros en el seguro de incendios forestales en que el Consorcio tenga función de asegurador, se acompañará a la reclamación la certificación de la autoridad competente sobre las causas del siniestro y la extensión aproximada del área afectada por el incendio.
En las reclamaciones por lesiones en las personas se acompañará informe médico sobre las lesiones y sus causas, así como del alta o defunción, en su caso.
PASOS A SEGUIR
En cualquier caso, los pasos a seguir para presentar una reclamación son, en primer lugar, analizar si los daños pueden ser reembolsados según la póliza de seguros, pues cada compañía tiene distintas modalidades de aseguramiento; esperar a que los bomberos den por finalizada su intervención y que aseguren lugar para no exponer a peligros la integridad física.
Es importante que puedan desarrollar su trabajo sin interferencias: lo mejor es dejarlo todo como está y no tocar nada, dar toda la información que se necesite, aunque parezca insignificante.
Solicitar a los bomberos, una vez realizada su intervención, su informe técnico por escrito de las circunstancias observadas en el examen de la seguridad contra incendios, con explicaciones detalladas que documenten lo ocurrido.
Guardar los restos de los bienes dañados por el incendio, lo que facilitará su identificación y aclaraciones. Si no fuera posible, adjuntar la correspondiente documentación justificativa.
Clarificar e identificar las causas del incendio, pues son la clave para determinar si la indemnización procede o no: procederá si se ha originado por un caso fortuito, por causas indeseadas e inevitables.
Notificar el siniestro en el plazo de 7 días a la aseguradora, a menos que haya un plazo superior, pero no suele ser frecuente. Como siempre, desde la Unión de Consumidores de Extremadura nos ponemos a disposición de todos los afectados para asesorarles en todo lo que precisen.
20 agosto 2025
Previsión meteorológica en Extremadura para este miércoles,...
19 agosto 2025
La Junta pide a Cuerpo sumarse a gestiones europeas para exención...
19 agosto 2025
Junta amplía en 6,4M€ ayudas a mejora de eficiencia energética...
19 agosto 2025
UCE: Seguro del hogar puede hacerse cargo de algunos daños provocados...
19 agosto 2025
Un pasacalles de tamborileros animará cada día el ambiente...
Extremadura
Se va a destinar 142 millones de euros del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE)...