Extremadura
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Amanda González
04 julio 2025 | Publicado : 12:58 (03/07/2025) | Actualizado: 10:29 (04/07/2025)
Extremadura se ha convertido en la primera región en bonificar al 100% el Impuesto de Sucesiones también en casos de vínculo especial gracias a la creación de un Registro de Personas con Especial Vinculación. https://youtu.be/M9LYBxtTK5c
La consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, Elena Manzano Silva, ha valorado la buena marcha de este registro, que se puso en funcionamiento el pasado mes de febrero, y ha recalcado que "el balance es muy positivo, tenemos más de 100 personas inscritas. Esto es una realidad que se da cada vez más en Extremadura, esa convivencia durante más de 3 años con personas que no son del vínculo familiar más cercano o esas relaciones en estos nuevos modelos de familia y que a la hora de heredar tienen que pagar una gran cantidad de dinero. Con este registro hemos corregido esa desigualdad”.
La consejera ha indicado que esta medida ha contado “con una gran acogida” aunque, ha añadido “ojalá dentro de unos meses sea mucho mayor porque lo que estamos buscando con esto es que se haga justicia tributaria”.
Cabe recordar que, desde el pasado 1 de enero de 2024, Extremadura bonifica al 100% el Impuesto de Sucesiones para los grupos I y II de parentesco, esto engloba a descendientes, ascendientes y cónyuges, para herencias de hasta 500.000 euros. Pero, ¿qué sucede con otro tipo de relaciones que no son relaciones de parentesco y que también implican un vínculo muy especial?
Ante esta cuestión planteada por muchos ciudadanos, la Junta de Extremadura bajo la premisa de los nuevos modelos de familia que existen en la actualidad y que no todo tiene que ser el parentesco, puso en marcha este Registro de Personas con Especial Vinculación para equiparar los beneficios fiscales de los grupos I y II de parentesco a los del grupo III y IV.
Según Manzano, "creíamos que por justicia y por igualdad había que corregir este agravio, esta disparidad, este tratamiento totalmente desigual y además injustificado".
Entre los ejemplos más notorios, se encuentran aquellos que no son hijos biológicos pero que han sido criados como tales, aunque también podrían beneficiarse sobrinos, primos o familiares que no pertenezcan al grupo I y II de parentesco. Entre otros ejemplos, también podrán beneficiarse aquellas parejas que no llegaron a firmar papeles de matrimonio o pareja de hecho y que demuestren tres años de convivencia.
De esta forma, Extremadura apuesta por hacer justicia tributaria con personas a las que se les hacía tributar mucho dando así un paso muy importante en nuestra región en esta figura impositiva porque al fin y al cabo no es el parentesco lo más importante, sino esa especial vinculación.
Impacto positivo en Extremadura
La consejera de Hacienda y Administración Pública ha asegurado que ya hay otras Comunidades Autónomas que le han comunicado que quieren copiar este modelo “y espero que sea así porque lo que está en juego es esa igualdad". La realidad es que, en otras regiones, tienen algunos beneficios en grupo 3, pero son muy pequeños y algunos para el grupo 4, pero vinculados a actividades empresariales. "Este tipo de registro solo existe en Extremadura".
A este respecto, en declaraciones a Regiondigital.com, el profesor de Economía Financiera de la Universidad Complutense de Madrid y miembro de la Federación Nacional contra el Impuesto de Sucesiones, Javier Vida, ha explicado que "este Impuesto de Sucesiones está frenando la inversión en inmuebles ya que si no se dispone del dinero se pierde y tiene un gran valor sentimental, además España tiene una natalidad en mínimos históricos y uno de los mayores Impuesto de Sucesiones, por lo que es una iniciativa muy importante y positiva que va a beneficiar a muchas personas que les preocupa este impuesto en los últimos años de sus vidas".
¿Cómo inscribirse en el Registro?
Se puede hacer online o presencialmente. Online lo que necesitas es concretamente el modelo 665, que se puede obtener en el Portal Tributario de la Junta de Extremadura (https://portaltributario.juntaex.es) o, presencialmente, en cualquiera de las Oficinas Gestoras de la Dirección General de Tributos.
Una vez que ya obtenga la solicitud, debes presentarla tanto de manera presencial en cualquiera de las oficinas de asistencia a la ciudadanía de la región o de forma electrónica, a través del Registro Electrónico General disponible en la sede electrónica de la Junta de Extremadura
O, del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoGeneral.html
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